ERRORES EN LOS DEVENGOS CIRCUNSTANCIALES DE LA NÓMINA
Como muchos ya sabréis, durante el disfrute del periodo de vacaciones se tiene derecho por el trabajador/a, a percibir su remuneración en cuantía idéntica a cuando despliega su actividad ordinaria, incluidos todos los conceptos salariales, con la sola excepción de los de carácter extraordinario, pues no vienen a constituir una retribución normal.
Hay que tener en cuenta que algunos devengos, pueden cobrarse uno, dos o varios meses después, (por ejemplo: las horas nocturnas hechas en diciembre de 2017 figurarán en la nómina de enero de 2018).