Análisis de la reforma laboral: arrasando derechos y salarios
El pasado viernes día 10/2/12 el Gobierno, tal y como había anunciado, ha aprobado la Reforma Laboral. Para calificarla no tenemos más que escuchar la conversación entre el ministro de economía y antiguo jefazo de Lesman Brothers Sr. De Guindos y el Comisario europeo: AGRESIVA, MUY AGRESIVA. Agresiva, porque legaliza claramente el despido libre y gratuito como en el caso de los periodos de prueba de un año sin indemnización y elimina el derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado. Esto significa despedir muy barato a los padres y madres para contratar sin derechos a los hijos. Lesiva, porque se carga por decreto la protección que hasta ahora ofrecían los convenios colectivos y el derecho a un salario digno ya que el empresario puede, a partir del lunes 13 de febrero del 2012, rebajarlo individual o colectivamente con el pretexto de la productividad. En definitiva una reforma que permite al empresario unilateralmente bajar los salarios, cambiar los horarios y turnos, despedir y neutralizar los convenios colectivos sin prácticamente ninguna defensa posible del trabajador. Resumimos parte del contenido de la reforma y su repercusión.
Hay alternativas a la crisis
DESPIDO Y CONTRATACIÓN ‐ La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (hasta ahora eran 42 mensualidades). Los contratos antiguos tendrán derecho a 45 días por año hasta la entrada en vigor de la reforma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 días. Formalmente los despidos improcedentes se mantienen aunque en la práctica desaparecen ya que, en principio, todos serán procedentes y será el trabajador quién tendrá que demostrar su improcedencia.
‐ Se facilita el despido por absentismo laboral individual y se desvincula del porcentaje de absentismo que tiene el conjunto de la empresa. ‐ El despido objetivo, que permite a las empresas despedir por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 días por año trabajado, podrá aplicarse cuando la empresa tenga una caída de ingresos durante tres trimestres consecutivos, aunque siga teniendo beneficios. En la coyuntura actual de crisis todas las empresas, incluida la nuestra, entrarían en estos supuestos.
‐Se crea un nuevo tipo contrato al que podrán acogerse las PYMES con menos de 50 trabajadores. Éstas gozarán de una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años. Formalmente es un contrato indefinido pero en la práctica va a suponer que no se contrate indefinidamente a nadie. Al tener este contrato un periodo de prueba de un año dentro del cual el despido es libre y gratuito, se producirá rotación en el puesto dado que se podrá despedir con coste cero al trabajador con la excusa de no haber superado el periodo de prueba y contratar a otro en las mismas condiciones.
‐Se facilitan los ERE’s en el sector público. Bastará con probar la insuficiencia presupuestaria durante nueve meses para presentarlo. Los organismos públicos podrán acogerse a causas objetivas de despido y aplicarlo al personal laboral, individual o colectivamente, con una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses.
CONVENIOS COLECTIVOS ‐ La prórroga máxima de los convenios colectivos será de dos años, lo que pone fin a la vigencia de los derechos adquiridos (ultraactividad), pasados esos dos años se pierden y se comienza de cero. Las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de convenios Colectivos, que nombrará un árbitro y resolverá en 25 días como máximo. Esto Significa un poder absoluto del empresario ya que par conseguir bajar las condiciones laborales solo tiene que esperar a que pasen estos dos años. ‐ Las empresas con dificultades podrán descolgarse de los convenios. BAJADA DE SALARIOS, FLEXIBILIDAD Y BAJAS MÉDICAS ‐ Se permite la bajada de salarios por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción al mismo tiempo que se elimina el sistema de clasificación de trabajadores por categorías y se generaliza el sistema de grupos profesionales para que un trabajador pueda desempeñar diferentes funciones y puestos en una misma empresa. Esto no es más que la Nueva Clasificación Profesional que Telefónica ha intentado imponer en los últimos convenios y contra la que los trabajadores de Telefónica hemos luchado y protestado enérgicamente. ‐ Se facilita la modificación unilateral de las condiciones de trabajo por parte del empresario para cambiar de lugar de trabajo y modificar jornadas y horarios laborales. ‐ Se simplifican los trámites y se elimina la autorización administrativa necesaria para reducir la jornada de trabajo o suspender el contrato en situaciones de disminución de la demanda. ‐ Los empleados que cobren la prestación por desempleo “podrán realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad”, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas. Se puede producir la situación de que las administraciones públicas despidan a trabajadores indefinidos para sustituirlos por desempleados obligados a trabajar gratis para no perder el subsidio de desempleo. ‐ Las Empresas de Trabajo Temporal actuarán también como agencias privadas de colocación. CONCLUSIONES La Reforma no creará empleo, generará más paro y precariedad. Además del descenso de los salarios reales y los ajustes presupuestarios, impedirá el crecimiento económico y nos hundirá en la depresión económica continua. Hay alternativas para salir de la crisis: eliminar los paraísos fiscales y el fraude fiscal y generar empleo con la inversión de la recaudación de impuestos a los bancos. Ante tal brutal agresión los trabajadores no tenemos otra opción que la movilización. Desde co.bas hacemos un llamamiento a todos los trabajadores y trabajadoras para que participen activamente en cuantas movilizaciones, manifestaciones o protestas se convoquen, empezando por la manifestación del próximo domingo 19 de febrero.
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